RAFAEL HERRERO, Presidente de ANESE
Sobre el RD 56/2016 Transposición parcial de la Directiva sobre Eficiencia Energética
El 13 de febrero el gobierno en funciones de Mariano Rajoy dio un paso más en la trasposición de la Directiva Europea sobre eficiencia energética 32/2012 EU. Una nueva trasposición ¨parcial¨ que pone en funcionamiento las auditorías energéticas en grandes empresas, el sistema de acreditación para proveedores de de servicios energéticos y auditores energéticos y la promoción de la eficiencia energética en la producción y uso de calor y frío.
Y decimos parcial porque está Directiva están siendo como una novela por fascículos…. Un año un par de artículos en el Código de la Edificación, otro año otro par de ellos en el Reglamento de Instalaciones Térmicas, otro año un par de artículos en las actividades de transporte, distribución, comercialización y suministro de energía eléctrica….. En fin ….que menos mal a que el derecho europeo y las Directivas Europeas son de obligado cumplimiento…que sino a estas alturas no hubiéramos avanzado ni una casilla en la lucha por el derroche de energía y el cambio climático.
Ha hecho falta que la Unión Europea nos abriese un expediente sancionador para que se desempolvase un texto que lleva acabado más de 2 años. No olvidemos que la fecha límite era el 5 de junio de 2014 para haberse traspuesto al ordenamiento jurídico español todo el alcance de la Directiva. Dejaré a la inteligencia del lector el ¨por qué¨y el ¨a quien¨ le interesa que nuestros ciudadanos están derrochando energía por valor de más de 12.000 M€ al año.
La primera pregunta que nos podríamos hacer cuando se lee el RD es …. ¿Y por qué no se ha traspuesto de una vez toda la Directiva? ¿En base a qué criterios se ha vuelto dejar para más tarde un cuarto del contenido de la Directiva?
La respuesta oficial la encontramos en la brevísima Disposición Adicional Tercera: Incremento de gasto: donde se comenta que las medidas incluidas en la norma serán atendidas con las disposiciones presupuestarias existentes y no podrán suponer incremento de dotaciones . Esta es la base para no aprobar los artículos referentes a la individualización de costes energéticos (Artículo 9 de la Directiva), por ejemplo, ya que según la Secretaria de Estado de Energía el que una comunidad de vecinos incorpore sistemas de contabilización individual supone un gasto y no un ahorro y fíjate por donde, hemos tenido la mala suerte de que un Gobierno en funciones no debe aprobar medidas que supongan un incremento del gasto según la recomendación de la Abogacía del Estado….. ¿Que mala pata no? Y que MAL Y QUE INTERESADO ANÁLISIS de la Secretaría que lleva dando soporte al interés de las energéticas desde que llegó al sillón.
En cualquier caso los profesionales y las empresas del sector de la eficiencia sabemos que lo que ofrecemos a la sociedad tiene “sentido” somos empresas que reducimos los costes , que mejoramos la seguridad y la eficiencia de las instalaciones , que evitamos contaminar más este planeta y que lo estamos haciendo creando empleo de calidad, contratando y cualificado a nuestros jóvenes para que no se vayan de España y dando ejemplo de que quien “aguanta, gana”.
No debería haberse tomado tan a la ligera una Directiva Europea cuando está tan bien sostenida, cuando nuestros países vecinos nos están apuntando preguntando cómo es posible que un estado miembro de la EU lleve casi dos años de retraso y nadie diga nada y como nadie se da cuenta que aplicar y trasponer esta directiva nos ayuda a todos.
En cualquier caso aquí está , un paso más , una trasposición parcial más que vamos a analizar en detalle.
El RD consta de 5 capítulos , cuatro disposiciones adicionales, dos disposiciones transitorias, siete disposiciones finales y 5 anexos.
Aparte del capítulo 1 de Disposiciones Generales, el IV sobre promoción de las redes de calor y frío que simplemente obliga al Ministerio de Industria a la realización de un estudio cada 5 años y el V con el Régimen Sancionador , los su análisis tiene interés son el II Respecto a Las auditorias energéticas para grandes empresas y el III con el Sistema Acreditación para Proveedores de Servicios Energéticos y Auditores Energéticos.
Con respecto al Capítulo II de Auditorías Energéticas lo primero que debemos tener en cuenta es al espectro de empresas a las que se aplica el RD. Serán las empresas con más de 250 empleado o ingresos por encima de 50 M€ o con un balance general que exceda de 43 M€ las que estarán sometidas a la obligatoriedad de presentar ante el Registro Administrativo de Auditorías Energéticas.
Echamos en falta el haber detallado en el RD con mayor exhaustividad el grado de profundidad requerido a las auditorías y las inversiones detalladas de las Medidas de Ahorro y Eficiencia (MAE´s) . En cualquier caso, la efectividad en la aplicación de medidas de ahorro será prácticamente insignificante, ya que el obligar a las empresas a realizar una auditoría SIN CARÁCTER VINCULANTE, es simplemente papel mojado. Las empresas realizarán las auditorías que cumplan estrictamente con el contenido exigido, con el profesional que menos coste les suponga y las enviarán al Ministerio sin más. Nadie les obliga a aplicar las MAE´s que supongan ahorro por encima, por ejemplo, de los costes financieros que implican las inversiones en dichas MAE´s. Esta sería realmente una buena medida para reducir nuestro consumo.
Si hemos comentado que las auditorías serán papel mojado, el perfil del auditor desarrollado en el RD es tan ligero y poco exigente, que prácticamente con haber pasado un curso (ni siquiera se dice que sea necesario un examen aprobado) , cualquier titulado relacionado con la ingeniería podrá realizar las auditorías. No comprendemos como el Ministerio de Economía , con la excusa de la competitividad, eliminó del RD la exigencia de que los cursos debieran ser impartidos por entidades acreditadas por la norma ISO 17024 , como un mínimo de garantía para que el mercado pueda tener la tranquilidad de que el profesional con el que contratan su auditoría tiene una garantía certificada por una tercera parte independiente y de prestigio.
Tampoco podemos entender cómo si en la disposición adicional tercera se establece que las medidas incluidas en el RD no suponen incremento del gasto, cómo el artículo 5 establece un sistema de inspección por parte de la Administración, porque …. ¿Quién va a inspeccionar? ¿Alguien ha visto un inspector de eficiencia en una instalación de un cliente?
La misma permisividad que se contempla en el capítulo III para los auditores, se muestra para los proveedores de servicios energéticos. Poco más de una declaración responsable y un seguro de responsabilidad civil será necesario para ser una empresa de servicios energéticos. Como este aspecto ya lo conocíamos, desde ANESE creamos la certificación de Empresa de Servicios Energéticos donde certificamos que una ESE tiene la solvencia técnica, económica, el procedimiento comercial y de seguimiento y la especialización necesaria para acometer con garantía un proyecto de Servicios Energéticos. Afortunadamente el mercado ya reconoce la validez y la calidad de la empresas certificadas por nuestra asociación.
Conclusión :de estos tres capítulos: Si las auditorías son papel mojado, para auditor vale casi cualquier profesional, para empresa de servicios energéticos no hace falta más que una declaración responsable, no hay inspecciones y las redes de calor y frío es un informe…..poco o nada se va a hacer este Real Decreto por la reducción de la energía en España. Seguiremos siendo los profesionales y las empresas convencidas de que aportamos a nuestros clientes soluciones que ahorran, que les hacen más competitivos y que renuevan sus instalaciones , los que seguiremos tirando del carro de la eficiencia y esperando a que vuelva a avanzar la directiva a base de expedientes sancionadores a nuestro país, porque si hubiera sido por el interés general se habría incluido en el RD la totalidad de la Directiva, con artículos como la obligatoriedad de poner contadores de energía en cada casa y que cada uno pague por lo que consume… Pero este artículo puede hacer que las energéticas facturen 12.000 M€ menos y es mejor que siga en un cajón. Ya queda menos, el 1 de enero de 2017 nos volverán a recordar que la eficiencia es un bien para todos.