El día 14 de febrero vence el plazo estipulado por el Real Decreto 56/2016, aprobado el 12 de febrero de 2016, para que las grandes empresas realicen y registren las auditorías de eficiencia energética en sus instalaciones. Desde ANESE (Asociación de Empresas de Servicios Energéticos), animamos a esas grandes empresas a que sigan apostando por las auditorías energéticas en nombre del ahorro, de la eficiencia y de la sostenibilidad como primer paso para optimizar el uso de su energía.
Según nuestra estimación, el 70-75% de las grandes empresas han llevado a cabo las auditorías energéticas, sin embargo, hay que seguir invirtiendo en este procedimiento, ya que después de la primera hay que seguir haciéndolas cada cuatro años.
Pero las auditorías en sí mismas no son un fin, si no el primer paso para iniciar un proyecto de optimización energética que materialice el potencial de ahorro puesto de relieve. Si además se aborda el proyecto bajo el modelo de servicios energéticos, entonces el ahorro estará garantizado.
Recordamos que el Real Decreto 56/2016 es la trasposición parcial de la Directiva Europea 2012/27/UE sobre eficiencia energética, que tiene como finalidad alcanzar los objetivos marcados en el ámbito energético en Europa para 2020 y que implica que la eficiencia energética mejore en un 20%, que bajen las emisiones de CO2 en un 20% y que aumente el uso de energías renovables en otro 20%.
Estas auditorías energéticas deben ser realizadas en todas las empresas no consideradas pymes, es decir, grandes empresas con al menos 250 empleados o cuyo volumen de negocio exceda los 50 millones de euros y su balance general los 43 millones. Así como en los grupos de sociedades que contabilizando sus magnitudes agregadas cumplan estos requisitos. Estas auditorías deben ser realizadas por auditores energéticos, quienes deberán disponer de una titulación acreditada, ya se trate de un título universitario oficial (ingenieros o licenciados en titulaciones técnicas) o de un título de formación profesional, un certificado de profesionalidad o competencia profesional reconocida adquirida por experiencia laboral.
El incumplimiento de la obligación será sancionado según la infracción cometida (Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia): será calificado de muy grave el no hacer la auditoría; de grave el realizarla incorrectamente, y de leve el no comunicarla. Las sanciones se cifran en un máximo de 60.000 euros para las infracciones muy graves, de 10.000 euros para las infracciones graves, y de 1.000 euros cuando se produzcan infracciones leves.
“El 60% de las empresas desconocen la obligatoriedad de realizar la auditoría”
Según Rafael Herrero, Presidente de ANESE, “desde la Asociación Nacional de Empresas de Servicios Energéticos calculamos que un 60% de las empresas susceptibles de cumplir con la medida desconocen que sea obligatorio realizar auditoría alguna dentro de sus instalaciones. A esta realidad hay que añadir que la figura de auditor energético es ese gran ignorado para la mayoría de empresas, por un lado, porque se desconoce esa obligatoriedad, y por otro, porque las pocas entidades que han decidido ponerse al día en materia de eficiencia energética han cumplido con un mero trámite y se han conformado con rellenar un papel rubricado por un recién titulado sin experiencia acreditada, incumpliendo, a su vez, otro de los puntos que recoge el Real Decreto mencionado. Al respecto, éste indica que los estudios deben realizarse por auditores energéticos profesionales cualificados y certificados con una experiencia demostrable. Dentro de este sector, la mayoría de auditorías realizadas las registran las multinacionales, con un peso económico maduro, y cuya responsabilidad social es mayor, con estas correspondientes auditorías demuestran, papel en mano, su débito cumplido con la eficiencia energética”.
Elena González, Directora de ANESE, aprovecha también para subrayar que “aunque se termine el plazo dado por el Real Decreto, este no es el final, sino el inicio de poder recuperar esos porcentajes de eficiencia energética y ponernos al día. Y las ESEs están comprometidas con esta misión de alcanzar los ahorros energéticos propuestos, ya sea a través de la realización de auditorías o a través de sus proyectos. Son conscientes de que la información que se obtiene con las auditorías es fundamental para iniciar el camino hacia el ahorro y la eficiencia energética, y más ahora tras las propuestas legislativas de ‘Energía limpia para todos los europeos’ con los nuevos objetivos energéticos de la Unión Europea para el año 2030, con un 40% de reducción de emisiones de CO2, un 27% de energías renovables y una mejora de la eficiencia del 30%. Con esa información que proporciona una auditoría energética se puede conseguir: un conocimiento real del consumo energético anual de cada instalación que nos lleve a la ejecución de un proyecto de reducción del consumo energético y consecuentemente de los costes; un mejor aprovechamiento de la energía empleada; una reducción de emisiones de CO2 producidas en las instalaciones; una mejora de la competitividad de la empresa; y una mejora de la imagen social de cara a terceros”.